Guía Completa del Arraigo Social en España 2026: Requisitos y Pasos

Vivir y trabajar en España de forma legal es el objetivo de muchas personas que, por diversas circunstancias, se encuentran en situación irregular. Si este es tu caso y llevas tiempo residiendo en el país, el Arraigo Social puede ser tu vía para regularizar tu situación.

En este artículo, te explicamos de forma clara, profesional y cercana todo lo que necesitas saber para solicitar esta autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales en 2026. Queremos transmitirte tranquilidad: es un proceso laborioso, pero con la información correcta, es perfectamente viable.

¿Qué es el Arraigo Social?

El Arraigo Social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se concede a ciudadanos extranjeros que se encuentren en España en situación irregular y demuestren tener vínculos sociales en el país o, más comúnmente, cuenten con una oferta de empleo.

Esta autorización tiene una vigencia de un año y, una vez finalizada, permite solicitar una autorización de residencia (y trabajo, si corresponde).

Requisitos Fundamentales para el Arraigo Social en 2026

Para que tu solicitud sea admitida a trámite y, posteriormente, aprobada, debes cumplir estrictamente con los siguientes requisitos:

  1. Permanencia continuada en España: Debes demostrar que has permanecido en España durante un periodo mínimo de tres años. Para acreditarlo, el documento clave es el empadronamiento histórico, aunque se aceptan otras pruebas (consultas médicas, envíos de dinero, etc.). Las ausencias no pueden superar los 120 días en total en ese periodo.
  2. Carecer de antecedentes penales: Tanto en España como en tus países anteriores de residencia durante los últimos cinco años. Este es un punto crítico.
  3. No ser ciudadano de la UE: Ni familiar de un ciudadano de la Unión a quien le sea aplicable el régimen de ciudadano de la Unión.
  4. Tener vínculos laborales o familiares, o presentar informe de integración: Aquí es donde el Arraigo Social se subdivide. La vía más habitual es la laboral:
    • Vínculos laborales: Contar con un contrato de trabajo firmado por el empleador y el trabajador, con una duración no inferior a un año. La jornada debe ser de al menos 30 horas semanales (o 20 horas si tienes menores a cargo). El salario debe ser, como mínimo, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
    • Vínculos familiares: Ser cónyuge o pareja de hecho acreditada de un extranjero residente, o ascendiente o descendiente en primer grado.
    • Informe de integración social: Si no tienes contrato ni familiares, puedes solicitar un informe a la Comunidad Autónoma (o el Ayuntamiento) que acredite tu integración social.

Documentación Necesaria: Prepara tu Expediente

Reunir la documentación correctamente es esencial para evitar retrasos o denegaciones. Esta es la lista básica:

  • Modelo de solicitud EX-10: Cumplimentado y firmado.
  • Pasaporte completo: Original y copia de todas las páginas, en vigor.
  • Certificado de antecedentes penales: Apostillado o legalizado, y traducido si procede.
  • Documentación acreditativa de la permanencia (3 años): Empadronamiento histórico y otras pruebas.
  • Documentación según la vía elegida:
    • Con contrato: Contrato de trabajo y documentación de la empresa (CIF, acreditación de medios económicos, etc.).
    • Por vínculos familiares: Certificados de matrimonio, nacimiento o pareja de hecho.
    • Con informe: El propio informe de integración social.
  • Justificante del pago de la tasa: Modelo 790-052.

Consejo Pro: Asegúrate de que todos los documentos extranjeros estén debidamente legalizados (Apostilla de La Haya) y traducidos por un traductor jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España. Un error en esto puede echar atrás todo tu esfuerzo.

Pasos para Solicitar el Arraigo Social

  1. Solicitar Cita Previa: Actualmente, la mayoría de las solicitudes se presentan de forma telemática a través de la Plataforma MERCURIO, para lo cual necesitas certificado digital. Si no tienes, la presentación suele hacerse presencialmente en la Oficina de Extranjería de la provincia donde residas, previa cita.
  2. Presentación de la Solicitud: Entrega toda la documentación y paga la tasa correspondiente. Te entregarán un justificante con un número de expediente.
  3. Resolución: La Administración tiene un plazo legal de tres meses para resolver. Si pasado ese plazo no hay respuesta, se entiende desestimada por silencio administrativo (aunque en la práctica siguen resolviendo).
  4. Concesión y TIE: Si la resolución es favorable, dispones de un mes para solicitar la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en la Comisaría de Policía, donde te tomarán las huellas dactilares.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

1. ¿Puedo solicitar el Arraigo Social si tengo una orden de expulsión?

Sí, siempre que la orden de expulsión no sea por motivos de seguridad pública o por una infracción muy grave. El Arraigo Social es una vía de regularización excepcional.

2. ¿Qué pasa si la empresa que me hizo el contrato quiebra antes de la resolución?

Es una situación complicada. Deberás buscar un nuevo empleador que esté dispuesto a subrogarse en el contrato inicial y presentar la documentación en la Oficina de Extranjería lo antes posible.

3. ¿Puedo trabajar por cuenta propia con el Arraigo Social?

Sí, es posible solicitar el Arraigo Social para emprender tu propio negocio, pero los requisitos económicos y el plan de empresa que debes presentar son más exigentes que con un contrato por cuenta ajena.


Descargo de responsabilidad

La información contenida en este artículo es de carácter meramente informativo y general. Las leyes de extranjería en España están sujetas a cambios constantes. Se recomienda consultar con un profesional colegiado o revisar las fuentes oficiales (Portal de Inmigración/BOE) para casos particulares y obtener asesoramiento personalizado.


Ficha Técnica del Trámite

ConceptoDetalle
DificultadMedia-Alta
Tasa AproximadaModelo 790-052 (aprox. 38€) + Tasa TIE (aprox. 16€)
Plazo Legal de Resolución3 meses (Silencio Administrativo Negativo)
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